En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diputados, terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa.
El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial con la que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitada a 120 km/h .
Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su vehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no será así. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los radares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo que transite a más de 120 km/h . La cuantía de esta sanción se sitúa en 100 euros, aunque no restará puntos.
La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan puntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras. Así, ya no quitará puntos circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es el caso de los ciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido y aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva.
Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sí supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h , circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma, conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h , pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.
MATRÍCULAS LEGIBLES
Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las matrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrícula limpias y legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.
Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, será sancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducir temporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga la distancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en la actualidad.
Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a día de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 días.
lunes, 30 de marzo de 2009
Tráfico multará a partir de 121 km/h
lunes, 23 de marzo de 2009
COMO SE RECUPERAN LOS PUNTOS DEL CARNET
Tirar una colilla, hablar por el móvil, no llevar puesto el cinturón de seguridad, exceso de velocidad... Estas son algunas de las sanciones mas frecuentes que acarrean la perdida de puntos. Si ha cometido alguna de estas infracciones le indicamos los pasos a seguir para recuperar el crédito del carnet. Inicialmente cada conductor con mas de tres años de antigüedad dispone de un crédito de 12 puntos.
Solo en el caso de ser un conductor novel, con menos de tres años de antigüedad, el número de puntos desciende hasta los ocho puntos. Dependiendo de la gravedad de la infracción, el conductor podrá perder desde los dos puntos de una falta leve, hasta los seis puntos que supone una infracción grave. Según la Dirección General de Tráfico en un solo dia, solo se pueden perder un total de ocho puntos.Sin embargo nos retiraran el carnet si cometemos una infracción muy grave como conducir con una tasa de alcohol superior a 0,50 mg/l en aire espirado, sobrepasar en mas del 50% la velocidad autorizada, conducción temeraria, circular en sentido contrario, etc.... No obstante los puntos no se pierden de una forma inmediata, sino que habrá que esperar hasta que la sanción sea firme. Por tanto, una vez que nos haya multado el agente de la autoridad deberemos esperar a recibir la resolución. En el caso de haber presentado recurso y que este sea denegado, perder los puntos cuando le sea comunicado la resolución del mismo.La forma mas fácil de recuperar los puntos perdidos es no cometer ninguna infracción durante los dos años siguientes a la sanción.
En el caso de que hayamos perpetrado una falta muy grave, el titular del carnet deberá esperar tres años. No obstante, existen también otras vias para recuperar los puntos. Una de ellas es la realización de un curso de sensibilización y reeducación.
Una vez impartida esta enseñanza el conductor recuperara hasta cuatro puntos.
Sin embargo, este no podrá recuperar mas puntos de los perdidos. La mayoria de los conductores podrán realizar este curso cada dos años. Aquellos que sean profesionales podrán recibir un curso cada año. Esta formación tendrá una duración de 12 horas y su importe rondara los 170 euros. En el caso de que agoten los 12 puntos, perderá el carnet. A partir de entonces tendrá que recuperarlo. Si es la primera vez que ocurre, abra. que esperar seis meses, superar un curso de reeducación y sensibilización y una prueba teórica en la Jefatura Provincial de Tráfico. Si fuera profesional los seis meses de espera se reducirán a tres. No obstante no se recuperaran los 12 cursos iniciales, sino que solo se optara a un saldo con ocho puntos. En el caso de que lo haya perdido anteriormente deber esperar 12 meses para volver a recuperarlo o bien seis meses si es un conductor profesional. Si por el contrario no ha cometido infracción alguna en tres años, a los 12 puntos iniciales se sumaran otros dos nuevos puntos. Si pasan otros tres años sin una sanción, el saldo ascender hasta 15 puntos, el máximo posible.