miércoles, 25 de noviembre de 2009

LA NUEVA NORMATIVA DE LA DGT

A partir de este miércoles nadie perderá puntos por aparcar o estacionar en el carril bus o por circular en motocicletas y ciclomotores con menores de 12 años o por no llevar el alumbrado reglamentario. Éstas y otras cuatro infracciones dejan de restar puntos tras la publicación de la nueva ley de seguridad vial en el Boletín Oficial del Estado. Eso sí, la multa económica se mantiene. La reforma legal, cuyo grueso entrará en vigor dentro de seis meses, establece que los efectos beneficiosos de la norma serán efectivos para los conductores al día siguiente de su publicación en el BOE.

Además, también desaparecen las suspensiones temporales del permiso como sanción. Por lo que, según la Dirección General de Tráfico, desde ahora cualquier conductor que tuviera impuesta una suspensión de este tipo podrá volver a conducir. Aunque Tráfico insiste en que esto no afecta a las personas que no pueden ponerse al volante por haber agotado el saldo de puntos del carné de conducir.Aunque es un efecto positivo para el infractor, el descuento del 50% por pronto pago no comenzará a aplicarse hasta finales del próximo mes de mayo

CONCEPTOS QUE YA NO DETRAERÁN PUNTOS:

- Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido (4)

- Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor salvo que se trate de autobuses urbanos e interurbanos (4)

- Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación a los peatones en los términos que se determinen reglamentariamente (2)

- Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano (2)

- Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido reglamentariamente (2)

- Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores con las excepciones que se determinan reglamentariamente (2)

- Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios de la vía (4)

domingo, 8 de noviembre de 2009

Nuevos radares

¡ ¡ MUCHO OJO A ESTE NUEVO INGENIO RECAUDATORIO DEL GOBIERNO ! ! !
Esta maquinita de fotos, aparentemente un inocente indicador de desvío por
obras, es realmente un radar encubierto que lo están poniendo precisamente
en esas zonas de obras de mantenimiento donde hay limitaciones de 20 Km/h o
de 30 Km/h y cazan como moscas a los que van a la deslumbrante y peligrosa
velocidad de 40 ó 50 Km/h y le atizan 200,00 Euretes y un par de puntos. No
te digo si pasas, por no haber coches delante, a 80 ó 90 Km/h .
Se está utilizando incluso en carreteras sin obras a las que le ponen una
limitación, un par de conos y a esperar 300 m mas adelante a los pardillos.
Las están poniendo en todas las carreteras españolas y las cifras de
recaudación son mareantes.

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