Multas por conducir sin CAP o con CAP caducado
El CAP es una formación obligatoria puede consistir en una cualificación inicial o en una formación continua. La cualificación inicial CAP se realiza en un curso de 280 h (modalidad ordinaria) o 140 h (modalidad acelerada) y superar un examen. La formación Continua mediante un curso de 35 h sin tener que realizar examen.
Y, ¿qué ocurre si la G.C. te para en un control y no llevas la tarjeta CAP, pero sí la tienes?
Si lo tienes en vigor y simplemente no lo llevas encima, primero harán la comprobación de que esto es cierto (que se tiene y que está en vigor), si lo tramitan como “No llevar a bordo del vehículo el título habilitante o la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio” en ese caso serían 201€ para la empresa. También podría tramitarse (aunque no es habitual) por no llevar la documentación necesaria, por lo que será calificado como infracción leve y la sanción máxima que se puede imponer es de 100 € y mínima de 10 € en este caso al conductor.
No tengo el CAP o está caducado
La Ley de Ordenación del Transporte Terrestre ( LOTT ) en su art. 140.18 indica que la realización de transportes públicos o privados utilizando conductores que carezcan del certificado de aptitud profesional o de la tarjeta de cualificación (CAP) en vigor como una infracción muy grave sancionada con multa de 2.001 a 4.000 euros.
Además, podrá dar lugar a la pérdida de la honorabilidad de la persona que, en su caso, ocupe el puesto de gestor de transporte en la empresa infractora, durante un plazo no superior a un año y que conviene recurrir, ya que si no se tienen más infracciones graves no suele llevarse a cabo. De todas formas más adelante publicaremos un artículo sobre la pérdida de la honorabilidad en el que entraremos más en el detalle de este aspecto.
La sanción de 2001 a 4000 euros se la imponen a la empresa de transporte o al transportista si es autónomo, ya que es la empresa la que tiene que velar por que sus conductores tengan la formación.
No tengo el CAP porque estoy pendiente de recibir la tarjeta
En este caso en particular, al pararte el procedimiento va a ser igual que si no tuvieras la tarjeta. La Guardia Civil registra el hecho de que no se tiene, posteriormente realiza la consulta al Ministerio de Fomento o la consejería de la CCAA competente, ahí les indican que estás pendiente de recibirlo y normalmente no se emite sanción. También cabe la posibilidad de que se emita pero después hay que solicitar que se retire.
Muchas veces nos solicitan un certificado de que se ha hecho el curso o la copia de la solicitud de la tarjeta, para enseñarselo al agente de la G.C., normalmente no surtirá efecto, pero igualmente al final no habrá sanción por lo explicado anteriormente.
Tengo el CAP caducado y estoy haciendo el curso
Hasta que no finaliza el curso estamos en la situación de CAP caducado, por lo que las sanciones serían las mismas (2000 a 4000 euros + pérdida honorabilidad).
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